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title: "Esto es lo que tendrás que pagar a Hacienda si vendes por eBay, Wallapop o Vibbo"
description: "No te escaparás. Si vendes por eBay, Wallapop o Vibbo tendrás que pagar a Hacienda. Te contamos cómo funciona este tributo."
url: https://www.tuexpertoapps.com/2017/11/16/esto-es-lo-que-tendras-que-pagar-a-hacienda-si-vendes-por-ebay-wallapop-o-vibbo/
date: 2017-11-16
modified: 2018-03-20
author: "Cecilia Hill"
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categories: ["General"]
tags: ["compras online", "Wallapop"]
type: post
lang: es
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# Esto es lo que tendrás que pagar a Hacienda si vendes por eBay, Wallapop o Vibbo

!(https://www.tuexpertoapps.com/wp-content/uploads/2017/11/Cristobal_Montoro.jpg)

(https://www.tuexperto.com/2017/11/16/si-vendes-en-wallapop-o-vibbo-tendras-que-pagar-un-impuesto-a-hacienda/). Pero lo cierto es que no se trata de una ley nueva. El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ha explicado que todas las compras realizadas a través de plataformas como eBay, (https://www.tuexpertoapps.com/2016/01/26/wallapop-vs-vibbo-ventajas-e-inconvenientes-de-cada-una/) tendrán que ser declaradas. **Y sus responsables, deberán pagar impuestos por valor de un 4%.**

Indica el titular de Hacienda que esto no es más que una interpretación de la ley que ya está vigente y que contempla este tipo de situaciones. **Se trata del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)** que hasta ahora hemos pagado cada vez que realizábamos una compraventa grande entre particulares. Como por ejemplo una casa o un coche.

Pues bien, hoy se ha confirmado, porque así­ lo ha indicado Montoro, que todas las transacciones, por pequeñas que sean, tendrán que ser declaradas.  Esto significa que, en previsión, puede que** tengas que recalcular el precio de los productos que vendes**. Y lógicamente, tener esto en cuenta cada vez que hagas la declaración de la renta.

!(https://www.tuexpertoapps.com/wp-content/uploads/2017/11/Wallapop.jpg)

## ¿Qué tendrás que pagar a Hacienda por vender en Wallapop?

No importa lo que quieras vender. Todos los bienes que vendas, por poco valor que tengan, tendrán que ser declarados a la Agencia Tributaria. Y será necesario que pagues el **Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, dentro de la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas**.

Es el mismo impuesto que se aplicaba antes cuando se vendí­a algo fuera de Internet. Ahora, aunque el trámite se realice de manera virtual y a través de plataformas como Wallapop, eBay o Vibbo, **será necesario aplicar este mismo impuesto. Y este es de un 4%, lo mires por donde lo mires**.

## ¿Y si no lo haces?

Pues la cosa se complica. Porque aunque las plataformas como Wallapop, eBay o Vibbo facilitan mucho las cosas, el hecho de que todo quede registrado le viene muy bien a Hacienda. De hecho, el organismo solicita de manera periódica el registro de las transacciones realizadas. De modo que les resulta relativamente fácil – aunque pesado – cruzar datos y ver quién a vendido qué. **Y por qué valor aproximado lo ha hecho. **

Algo parecido ocurre con las operaciones **a través de sitios de economí­a colaborativa como Airbnb**. La Agencia Tributaria tiene acceso directo a los anuncios y cuenta con las máquinas que le permiten cruzar datos. Esto les resulta útil para calcular aquello que los contribuyentes tendrí­an que haber pagado a las arcas públicas.

!(https://www.tuexpertoapps.com/wp-content/uploads/2017/11/agenciatributaria.png)

## El modelo 600

Para tributar este 4% obligado en todas aquellas ventas que hayamos realizado, los vendedores tendrán que presentar el Modelo 600. **El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)** está directamente gestionado por las comunidades autónomas. Así­, (https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/GC12.shtml), es conveniente que realices las consultas preceptivas en las agencias tributarias propias de tu comunidad.

Tendrás que rellenar un total de tres hojas, en las que figuran datos como los siguientes: los datos del bien, la operación o el acto, la autoliquidación o la base imponible. En este último apartado **se incluye el tipo impositivo a aplicar, que en este caso serí­a de un 4%**.

Debes tener en cuenta, por otra parte, que si la venta en cuestión genera algún tipo de ganancia por encima del precio original, tendrás que tributar en el IRPF. **Este puede ocurrir en el caso de que estemos vendiendo algún objeto antiguo**, que haya adquirido valor.

Lo que te recomendamos, además de presentar los modelos y realizar los pagos correspondientes, es guardar todos los documentos que acrediten la propiedad de tus bienes. Y que además, conserves como oro en paño todas las pruebas de la transacción. **Haz siempre que puedas capturas de pantalla de la transacción** y guarda todas las comunicaciones realizadas con el comprador. Es la única manera de evitar problemas.
